El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional por un periodo de 90 días, tras confirmarse un brote de influenza aviar en un predio de aves de corral ubicado en el distrito de San Vicente de Cañete, en Lima.

La medida fue oficializada mediante una resolución jefatural, luego de que el Centro de Diagnóstico de Sanidad Animal del Senasa confirmara, mediante un informe de ensayo emitido el 6 de julio de 2026, la presencia del virus H5N1 en aves de combate. El organismo señaló que el brote representa un riesgo para la producción avícola nacional debido a la alta capacidad de contagio y mortalidad de esta enfermedad.

Como parte de la respuesta sanitaria, el Senasa informó que ya se ejecutó la cuarentena del foco, el sacrificio sanitario de la totalidad de las aves afectadas y la delimitación de una zona perifocal. Asimismo, se dispuso la prohibición de movilizar aves y realizar eventos masivos con estos animales en el área afectada, además de reforzar la vigilancia epidemiológica y las acciones de vacunación.

Durante la vigencia de la emergencia se intensificarán las acciones de vigilancia y control en todo el país, priorizando la zona donde se detectó el brote para evitar su propagación a otras regiones. La resolución también establece medidas de cumplimiento obligatorio para personas naturales y jurídicas, entre ellas restricciones para el traslado de aves y sus productos sin autorización sanitaria, la prohibición de arrojar aves muertas en espacios públicos o ríos, y la obligación de reportar de inmediato cualquier sospecha de la enfermedad.

El Senasa advirtió que la industria avícola tiene una importancia estratégica para el país, ya que el pollo y el huevo fresco aportan cerca del 70 % de la proteína de origen animal que consume la población. En ese sentido, indicó que la emergencia podrá reducirse o prorrogarse de acuerdo con la evaluación epidemiológica que se realice durante los próximos meses. 

Restricciones para el traslado de aves y productos

Entre las principales medidas figura la prohibición de movilizar aves domésticas vivas y productos avícolas sin la autorización o certificación sanitaria correspondiente. También queda restringida la realización de eventos gallísticos, ferias, exposiciones y otras concentraciones de aves dentro del foco y la zona perifocal.La normativa también prohíbe arrojar aves vivas o muertas en espacios públicos, canales o ríos, además de manipular ejemplares enfermos o con sospecha de influenza aviar sin equipos de protección personal. Estas disposiciones forman parte de las acciones obligatorias establecidas durante la vigencia de la emergencia sanitaria.

Fiscalización y cumplimiento de las medidas sanitarias

El documento dispone que las Direcciones Ejecutivas del Senasa continúen el seguimiento epidemiológico de la influenza aviar de alta patogenicidad en coordinación con la Dirección de Sanidad Animal. Asimismo, establece que los propietarios de predios afectados deberán cumplir todas las medidas sanitarias y administrativas dictadas por la autoridad competente.

La resolución señala que, ante el incumplimiento de las disposiciones establecidas durante la emergencia sanitaria, el Senasa podrá solicitar el respaldo de la fuerza pública y aplicar las sanciones previstas en la normativa vigente.

Por Editor

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *