La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sorteó a 809 415 ciudadanos que desempeñarán el cargo de miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026, programadas para el 4 de octubre. El sorteo público se realizó el viernes 24 de julio y permitió designar a los responsables de conducir la jornada electoral en las 89 935 mesas de sufragio que se instalarán en todo el país.

En la región Ancash se habilitarán 3427 mesas de sufragio, por lo que fueron sorteados 30 843 ciudadanos para ejercer como miembros de mesa, entre titulares y suplentes. De acuerdo con la Ley n.º 32231, por cada mesa de sufragio se designó a un presidente, un secretario, un tercer miembro y seis suplentes. 

El incremento del número de miembros suplentes —antes eran tres— tiene como finalidad garantizar la instalación oportuna de las mesas y evitar recurrir a los electores que se encuentren en la fila para completar su conformación.

El sorteo se realizó de manera simultánea en las 125 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), órganos temporales de la ONPE encargados de organizar y ejecutar los comicios subnacionales, además de brindar información electoral a la ciudadanía. En Áncash, para este proceso electoral, se instalaron siete ODPE, encargadas de organizar y ejecutar las Elecciones Regionales y Municipales (ERM). Estas están ubicadas en Nuevo Chimbote, Independencia, Huarmey, Caraz, Huari, Recuay y Pomabamba.  

Tras esta actividad, el organismo electoral ha publicado la relación de miembros de mesa de cada una de las 125 ODPE en su portal institucional y, de manera física, en lugares de alta concurrencia de público. De esta manera, las listas están disponibles para ser revisadas por ciudadanos y personeros de organizaciones políticas, quienes pueden formular tachas contra los posibles miembros de mesa.

Las eventuales tachas se presentan en las oficinas descentralizadas dentro de los siguientes tres días hábiles contados a partir de la publicación, de acuerdo a lo establecido por el artículo 60 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). 

Solo se admitirán a trámite las solicitudes que cuenten con un documento de sustento. Una vez admitida la solicitud es remitida al Jurado Electoral Especial (JEE) para que sea resuelta. 

Por Editor

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