El Congreso aprobó en segunda votación una medida que permitirá a empleados de los sectores público y privado solicitar el sábado como día de descanso por motivos religiosos, pero con compensación de horas.

La Comisión Permanente del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen que establece el sábado como día no laborable compensable para trabajadores públicos y privados que profesen una confesión religiosa cuyo día de descanso sea ese día. La medida, respaldada por 16 votos a favor, uno en contra y seis abstenciones, reconoce un reclamo de larga data de comunidades religiosas que observan el sábado como jornada sagrada.

Argumentan “libertad religiosa”

La nueva norma, contenida en el Proyecto de Ley 4610, otorga derecho de los trabajadores a observar el sábado como día de descanso por motivos religiosos. El texto dispone que los empleados deberán informar formalmente a su empleador sobre la confesión religiosa a la que pertenecen y presentar una constancia expedida por la autoridad respectiva. Este requisito busca dar respaldo documentado a la solicitud de día no laborable.

Las horas no trabajadas durante el sábado deberán ser compensadas en los diez días naturales inmediatos posteriores, o en el momento que disponga el empleador. De esa forma, el beneficio no implica una reducción de la jornada laboral anual, sino una redistribución que se ajusta a las necesidades de la empresa o institución y del trabajador.

En la disposición complementaria final, el dictamen encarga al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la elaboración y publicación del reglamento de la ley en un plazo de sesenta días calendario a partir de su entrada en vigencia.

Por Editor

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