Ya no tienen excusas. Los gobiernos regionales y las municipalidades cuentan con una ayuda para contratar bienes, servicios y obras de manera rápida durante emergencias, o antes de que estas sucedan, sin dejar de cumplir con los principios de transparencia y control. 

Se trata de la nueva «Guía para el abastecimiento en situación de emergencia», aprobada mediante la Resolución Directoral N.° 0026-2026-EF/54.01 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y publicada el 2 de julio en el diario oficial El Peruano. 

El documento está dirigido a las entidades de los tres niveles de gobierno y les indica qué mecanismos de contratación aplicar antes, durante y después de una emergencia, como inundaciones, huaicos o interrupciones de servicios esenciales. Asimismo, precisa que pueden contratar sin esperar una declaratoria oficial de emergencia, siempre que sustenten técnicamente la existencia de un desastre o un peligro inminente. 

La guía reúne las herramientas previstas en la Ley General de Contrataciones Públicas (Ley N.° 32069) y su reglamento para agilizar las contrataciones durante situaciones de emergencia, e incluye un procedimiento de selección de proveedores no competitivo para atender emergencias inmediatas.

Uno de los principales aportes del documento es un flujo práctico de cinco etapas que explica paso a paso cómo realizar las contrataciones mediante el procedimiento de selección no competitivo. 

La pauta elaborada por el MEF incorpora, además, ejemplos, esquemas, tablas, líneas de tiempo y recomendaciones, con el objetivo de facilitar la toma de decisiones de los funcionarios públicos y brindarles mayor seguridad jurídica. 

La publicación de la guía, en realidad una versión mejorada de las de 2024, cobra relevancia luego de que el Gobierno nacional declaró el estado de emergencia en 796 distritos del país por peligro inminente ante intensas lluvias asociadas al fenómeno El Niño 2026–2027. En la región Áncash, se encuentran bajo esta disposición 71 distritos.

Por Editor

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