El cambio de la norma establece una nueva causal para la cancelación de la inscripción de una agrupación política, así como una eventual nulidad de comicios.

Una reciente ley, aprobada por el Congreso y promulgada por el Gobierno, reduce del 50% al 30% la exigencia de participación de los partidos políticos en las elecciones regionales para no perder su inscripción. Además, modifica las reglas de las elecciones municipales complementarias en casos de baja participación ciudadana

Una reciente ley, aprobada por el Congreso de la República y promulgada por el Poder Ejecutivo, modifica las condiciones que deben cumplir los partidos políticos para mantener su inscripción y reduce el nivel de participación exigido en las elecciones regionales.

La Ley N.° 32657, publicada en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, reduce la exigencia para que los partidos políticos mantengan su inscripción tras participar en elecciones regionales. Con la nueva norma, las agrupaciones deberán presentar candidatos en al menos el 30% de las regiones del país. Antes, el requisito era participar en el 50% de las regiones.

¿Qué cambia con la nueva ley?

El abogado en derecho electoral José Manuel Villalobos explicó que, en síntesis, la norma reduce de 13 a 9 el número mínimo de listas regionales que deben presentar las organizaciones políticas.

En tanto, el exdirector del Registro de Organizaciones Políticas del JNE y especialista en materia electoral Fernando Rodríguez Patrón cuestionó la modificación de la ley y advirtió posibles intereses políticos detrás del cambio, de cara a las elecciones de octubre próximo.

La Ley de Organizaciones Políticas había establecido requisitos de participación mínima para los partidos políticos con vistas a las Elecciones Regionales y Municipales 2026, lo cual establecía que los partidos debían participar en el 50% de las gobernaciones regionales, lo que garantizaba una participación mínima. Lo que busca la ley es participación efectiva. Sin embargo, toda vez que algunos partidos no habrían logrado conseguir candidatos en ese número de circunscripciones, muy convenientemente a sus intereses, han bajado esa valla al 30%”, indicó, tras referirse al cambio en la norma como una “contrarreforma”.

La norma incluye una disposición complementaria final en la que se precisa que entra en vigencia desde el día siguiente de su promulgación y, por tanto, aplicaría de cara a los comicios de octubre, según especialistas en materia electoral.

No obstante, la abogada Silvia Guevara sostuvo que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) debería evaluar la aplicación de esta disposición, al señalar que podría verse involucrado el principio de intangibilidad electoral, que establece que las reglas no deberían modificarse durante un proceso electoral en curso.

Por Editor

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